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CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN
Se tomará en consideración para establecer el orden de otorgamiento de subvenciones:

a) La antigüedad de los edificios tomando como referencia el art. 168 de la Ley 9/2001 de 17 de Julio del Suelo de la Comunidad de Madrid para los que se solicita la subvención con una valoración máxima de 20 puntos según la siguiente escala:
  1. 30 años de antigüedad: 1 punto
  2. Por cada año más: 1 punto con un máximo de 20

b) La media aritmética de los valores catastrales de las viviendas que conforman la Comunidad de Propietarios solicitante de la subvención, según la siguiente escala decreciente:

- Media de valor catastral de hasta 140.000 €..........................................10 puntos
- Media de valor catastral de entre 140.001 y 150.000 €.............................8 puntos
- Media de valor catastral de entre 150.001 y 160.000 €.............................6 puntos
- Media de valor catastral de entre 160.001 y 170.000 €.............................4 puntos
- Media de valor catastral de entre 170.001 y 180.000 € ............................2 puntos
- Media de valor catastral de más de 180.000 €.........................................0 puntos

c) La media aritmética de la superficie de las viviendas (sin computar los elementos inseparables de: trasteros, garajes, espacios comunes, etc) que conforman la Comunidad de Propietarios solicitante de la subvención, según la siguiente escala decreciente:

- Superficie media de hasta 40 m2..........................................................10 puntos
- Superficie media de entre 40 m2 y 50 m2...............................................8 puntos
- Superficie media de entre 50 m2 y 60 m2...............................................6 puntos
- Superficie media de entre 60 m2 y 70 m2...............................................4 puntos
- Superficie media de entre 70 m2 y 80 m2...............................................2 puntos
- Superficie media de más de 80 m2 .......................................................0 puntos

Una vez obtenida la puntuación total de cada solicitud que será la suma de a + b + c se propondrá el orden de concesión de la subvención atendiendo al gasto disponible en el presupuesto municipal para 2.007.
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