Impuestos Directos:
- Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: IBINR.
- Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: IBINU.
- Impuesto sobre vehículos de tradición mecánica: IVTM.
- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana: IIVTNU.
- Impuesto sobre actividades económicas: IAE.
Impuestos Indirectos:
- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: ICIO.
Por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público
local:
- Ocupación de la vía pública.
- Ocupación del Subsuelo, suelo y vuelo.
- Reserva de espacio para entrada de vehículos.
- Cesiones de dominio público local.
- Obras privadas en la vía pública.
- Utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local adscrito al Area
Social.
A. Tasa por la utilización privativa del teatro auditorio Federico García Lorca,
regulada en la actualidad en la Ordenanza Fiscal nº 28.
B. Tasa por utilización privativa de aulas, gimnasio y locales de los centros cívicos,
centros de barrio, centro de la mujer e instalaciones municipales similares, regulada en la
actualidad en la Norma Reguladora nº 30.
C. Tasa por utilización privativa de salones de actos y auditorio de centros cívicos e
instalaciones municipales similares regulada en la actualidad en la Norma Reguladora nº 30
D. Tasa por utilización privativa de instalaciones deportivas de la delegación de deportes
regulada en la actualidad en la actualidad en la Ordenanza Fiscal nº 28.
Por la prestación de Servicios o la realización de actividades administrativas
de competencia local.
- Licencia de actividad, instalación y funcionamiento (Apertura).
- Licencia Urbanística (Obras y Otras).
- Gestión de residuos sólidos urbanos.
- Retirada de vehículos de la vía pública y su depósito.
- Prestación de servicios o realización de actividades por el Area Social.
A. Tasa por la prestación de servicios en las escuelas infantiles y en las casas de niños,
regulada en la actualidad en la ordenanza fiscal nº 28.
B. Tasa por la prestación de servicios o realización de actividades por la delegación de
deportes, regulada en la actualidad en la ordenanza Fiscal nº 28.
Por publicidad en el Boletín Informativo Municipal.
Por la prestación de servicios del Area Social:
- Precio Público por entrada a actuaciones en el Teatro Auditorio Federico García Lorca
y en Salones de actos y Auditorio de Centros Cívicos y en el Hospitalillo de San José.
- Precio Público por Actividades de Centros Cívicos y Delegación de juventud y otras
actividades municipales similares.
- Precio Público por cursos de las Escuelas de la Delegación de Cultura “Ciudad de Getafe”.
- Precio Público por actividades de la Escuela municipal de Música.
- Precio Público por actividades de la Delegación de Juventud
- Precio Público por prestación de servicios de la Delegación de Deportes.
- Precio Público por prestación de servicios de la Delegación de Educación.
- Precio Público por prestación de servicios del Centro municipal de Salud.
- Precio Público por prestación de servicios de ayuda a domicilio por Servicios Sociales.